¿Vas a pasar la ITV? No te olvides los papeles del seguro

  • ¿Vas a pasar la ITV? La nueva norma obliga a que demuestres que tu vehículo tiene seguro obligatorio en vigor para que puedas pasarla favorablemente.
  • Recuerda adjuntar tus comprobantes de pago a la hora de tu cita para pasar la ITV.

pasar la ITV

Nueva norma para pasar la ITV

A partir del 15 de septiembre pasado entró en funcionamiento el nuevo procedimiento de acreditación del seguro obligatorio para poder pasar de manera favorable la ITV.

El artículo 78.2 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, establece que “Las estaciones de ITV requerirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección ordinaria o extraordinaria del vehículo. El resultado de la inspección no podrá ser favorable en tanto no se verifique este requisito”.


En cualquier inspección periódica o no periódica de un vehículo, incluyendo aquellas actuaciones que consistan en la emisión de una tarjeta ITV o en la realización de anotaciones en la misma sin necesidad de inspección técnica como tal, la estación ITV deberá, previamente al inicio de la misma, comprobar que el vehículo dispone de seguro obligatorio en vigor.

Para ello, junto con el Permiso de Circulación y la Tarjeta ITV, se solicitará al interesado la presentación del justificante de pago de la prima del seguro para el período en curso.

Para dar validez a este justificante, y pasar la ITV, deberá contener, al menos:

  • Identificación de la entidad aseguradora
  • Matrícula
  • Período de validez
  • Cobertura del seguro obligatorio.

En el mostrador el cliente será informado de que no acreditar la posesión del seguro en vigor será motivo de ITV desfavorable.

Fuente: Veiasa

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