Seguros de Vivienda y sus coberturas más frecuentes

Una de las más inmediatas decisiones que debemos tomar al ser titulares de una vivienda, es contratar un seguro de hogar. Para facilitar la contratación de este seguro de hogar, gran parte de las compañías de seguros ofrecen las pólizas multirriesgo del hogar, que cubren los imprevistos que puedan occurrir en nuestra vivienda, además de los graves deterioros que se puedan originar. A continuación, os presentamos los daños/accidentes más frecuentes ocasionados en el hogar y cubiertos por algunos seguros.

Accidentes en el hogar

Cuando ocurre un accidente en nuestra vivienda, siempre debemos preguntarnos si nuestro seguro de hogar cubre tal siniestro, en caso de tener dudas, consultar la póliza o a la compañía aseguradora directamente. Nuestro seguro puede llegar a cubrir incluso sucesos que se acontezcan fuera de la vivienda, como puede ser el caso de un robo en la calle. Vamos a citar de dónde provienen los siniestros ocurridos en el hogar que más partes se han reportado a las aseguradoras:

Daños por agua

El principal de los males que se producen en el hogar son los daños causados por agua. Este siniestro representa el 34% de los accidentes reportados a las aseguradoras. Por ello, debemos advertir en nuestra póliza hasta dónde cubren los daños por agua, pues lo más común son los desperfectos en la propia vivienda o las humedades provocadas a terceros, así como los daños causados por lluvias abundantes. Lo más habitual es que si los daños son causados por una avería, el seguro lo cubra. Conviene saber que no todos los seguros cubren sin limitación estos daños, pues muchos establecen un límite de cobertura.
Los estropicios que suelen cubrir son los producidos a bienes por fugas de agua o por desajuste en el cierre de grifo o llaves de paso, contando que van incluidos los gastos que provienen de encontrar la fuga y arreglarla.

Daños por roturas de cristales

Estos daños resultan el 20,2% de los de los siniestros de seguros de hogar, y hay que tener en cuenta que las aseguradoras suelen detallar los cristales cubiertos, bien si son de: puertas, ventanas, vitrocerámica etc. En caso de siniestro, suelen establecer dos tipos de límites, como son:

  • Por siniestro, que puede incluir la rotura de uno o varios cristales.

           Ejemplo: nuestro seguro cubre siniestros por 2.000€, se nos rompen unos cristales en casa y la reparación/reposición de los mismos, supone 2.500€, pues la diferencia la deberá abonar el asegurado, ya que la compañía sólo cubrirá los 2.000€ primeros.

  • Por una cuantía determinada. Se estipula un importe máximo por cada pieza que se rompa, si la pieza en cuestión tiene un valor superior al determinado, será el asegurado el que deba poner la diferencia.

Daños eléctricos

Estos daños suponen el 9,5%, y entre los casos más habituales se encuentran las subidas de tensión, cortocircuitos o un aparato que se sobrecarga. El daño eléctrico supone los desperfectos, pérdidas de información o caducidad de elementos en el hogar ocasionados por una bajada o subida de tensión, un cortocircuito o una avería eléctrica. Suele cubrir tanto contenido (que puede ser el aparato estropeado en cuestión) como continente (instalación eléctrica estropeada).

Algunos seguros condicionan la cobertura de electrodomésticos, poniéndoles un límite de edad (que suele rondar los 10 años), si el electrodoméstico que ha causado el daño eléctrico tiene más de X años, el seguro no ejercerá la cobertura.

Daños por Robo

El robo supone un 6,8% de los casos reportados en los seguros del hogar. Dependiendo del seguro, la póliza puede cubrir continente y/o contenido, robo y/o hurto. Suele cubrir los daños causados durante el robo en el domicilio y la mayoría de pólizas cubren el continente pero no siempre cubren el contenido.
Por ejemplo en el caso de que se hayan robado joyas, hay muchas variantes de coberturas como:
  • Las joyas sólo están cubiertas en el caso de que estuvieran en una caja fuerte.
  • Las joyas quedan cubiertas hasta un importe máximo.
  • Las joyas no entran dentro de la cobertura, por lo tanto no están cubiertas.
Otro punto que suelen cubrir son, los atracos fuera de la vivienda aseguradacasa, aunque diferencian entre hurto y robo, y muchas no cubren el robo de dinero.

Daños por fenómenos atmosféricos

Suponen el 6,1% de los partes de hogar declarados. Se recomienda que las pólizas cubran, tanto daños causados por, la lluvia como por el viento. Las aseguradoras suelen imponer los siguientes límites para esta cobertura, si no se sobrepasan, no es habitual que lo cubran, en caso del viento, debe superar los 96 km/h, aunque, algunas aseguradoras fijan su límite en los 80 km/h. En cuanto a los producidos por la lluvia, en la mayoría de aseguradoras establecen un mínimo de litros por metro cuadrado, que debe haber superado en caso de desperfecto para que se aplique la cobertura, este mínimo suele ser de 40 litros por metro cuadrado. Daños causados por otros fenómenos meteorológicos suelen quedar sin cobertura, como pueden ser heladas, corrosión etc.
Como ocurre con otros daños, se debe diferenciar entre las coberturas de continente y contenido. El continente incluirá los daños producidos al edificio como pueden ser:
  • Estructura, paredes ventanas y puertas
  • Instalaciones fijas, climatización, agua, calefacción, electricidad etc
  • Elementos fijos como calderas, enchufes, grifos, radiadores etc.
  • Otros elementos fijos de decoración, como toldos, moquetas etc.
Mientras que el contenido, incluye la reparación o reposición de bienes dentro del hogar, como pueden ser: Camas, sillas, ropa, lámparas, muebles etc.
Daños por incendios
Este daño constituye el 4,6% de los partes reportados. Tal y como muestra el RD 716/2009, 24 abril-Desarrolla L 2/1981, Regulación Mercado Hipotecario y Normas del Sistema Hipotecario y Financieroel único seguro obligatorio para toda la propiedad inmobiliaria que se encuentre hipotecada es el seguro de incendios. Las aseguradoras suelen cubrir la gran mayoría de los orígenes de fuego como son:
  • La instalación de gas defectuosa.
  • Explosión de una bombona.
  • Sobretensión de la red eléctrica.
  • Estufa mal colocada.
  • Cigarrillo mal apagado.
  • Sartén olvidada en el fuego.
  • Cortocircuito.
  • Combustión de un electrodoméstico.

Daños de responsabilidad civil

Estos daños resultan el 4% de los reportados, y cubren aquellos daños que causemos a terceros, como accidentes domésticos. Por ejemplo si una persona sufre un accidente dentro de tu casa la compañía lo cubrirá, aunque, como ya hemos mencionado, suelen establecer límites. Esta cobertura, también suele incluir la defensa jurídica, por si alguien sufre un accidente en tu casa y decide demandarte.
Ejemplo de las coberturas de un seguro multirriesgo 
A continuación analizaremos las coberturas citadas anteriormente de un seguro de hogar, que se comercializa actualmente en el mercado, y veremos hasta dónde abarcan. El seguro en cuestión es el Seguro Multirriesgo de Hogar de Nuez seguros :

Los daños por agua

Este seguro en particular, ofrece las siguientes coberturas de daños ocasionados por agua:

  • Las fugas de agua, que no corresponda a riesgos externos, atascos o sean subterráneas.
  • Roturas de grifos y llaves de paso, excluyen los daños propios de grifo o llave de paso. Si la rotura, desajuste o fuga no ocasiona daños, no hay siniestro, puesto que el elemento causante de los daños no está cubierto.
Estos daños son cubiertos siempre que no haya un tercero responsable. La garantía está limitada al capital de 450 € al año y el primer siniestro es ilimitado.

Los daños por rotura de cristales

Las coberturas de los daños por rotura de cristales son las siguientes:

  • Cristales exteriores y espejos fijos, loza sanitaria, cristal de placa vitrocerámica, mármoles y granitos.
La garantía está limitada al capital de 450 € al año y el primer siniestro es ilimitado.

Los daños eléctricos

El seguro cubre los siguientes daños eléctricos:

  • La restauración de la corriente eléctrica, por avería en las instalaciones eléctricas particulares del asegurado. Nuez Seguros asumirá los costes de desplazamiento y la primera hora de mano de obra para los casos citados. El asegurado deberá hacerse cargo del coste de los materiales empleados y, en su caso, del exceso de tiempo de mano de obra que se pudiera producir.

Los daños por robo

Para que el seguro cubra los daños por robo, se deben reunir los siguientes aspectos:

  1. Denunciar a la autoriadad el robo.
  2. Que no haya intervención de familiares o, personas que convivan con él en calidad de autores/cómplices (como empleados), en el robo.
  3. Que la vivienda tenga la alarma conectada a central de seguridad y que la vivienda asegurada tenga las medidas de protección declaradas en póliza o mejoradas, en su defecto.
Quedan cubiertos los robos de bienes dentro de la vivienda con actos que impliquen fuerza en las cosas o violencia/intimidación en las personas. En particular:
  • Respecto al mobiliario, sólo indemnizan en caso de siniestro parcial.
  • Robo de joyas y objetos de valor: Sólo los situados en el interior de la vivienda con el límite que aparezca en las condiciones particulares.
  • Daños por robo o intento de robo:Daños en la vivienda o mobiliario en caso de siniestro parcial.

Garantía limitada al capital de 450 euros al año. El primer siniestro es ilimitado.

Los daños por fenómenos meteorológicos

Para ser cubiertos se deben acreditar por los Organismos Oficiales competentes. Se cubren los daños materiales ocasionados directamente al objeto asegurado, siempre que los daños no hayan sido provocados por negligencia del asegurado. Los fenómenos cubiertos en cuestión son:
  • Rayo: Caída de rayo y sus consecuencias.
  • Viento: Siempre que la velocidad supere los 90 Km/h.
  • Pedrisco: Piedra o granizo que cae de las nubes.
  • Ampliación de daños: Los daños materiales directos ocasionados por filtraciones de lluvia, independientemente de su intensidad, ocurridos durante las 24 horas posteriores a la destrucción, total o parcial, de la vivienda por los siniestros de rayo, viento y pedrisco anteriormente comentados.
  • Lluvia: Daños causados por el agua de lluvia, siempre que la precipitación sea de intensidad superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
  • Nieve: Sufridos por exceso de peso producido por acumulación de nieve o bien, ocasionados por el desprendimiento de nieve acumulada en tejados o similares.
  • Inundaciones: Las producidas por desbordamiento causado por rotura o avería de canales y acequias en superficie.
Quedan excluidos los siniestros cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros.

Daños por incendios

Estos daños se cubrirán si son consecuencia de:

  • Un Incendio.
  • Una explosión e implosión: de aparatos, instalaciones o sustancias habitualmente utilizados en el hogar. Excluidos los daños propios del bien que ha explotado (no cubierta auto explosión: daños propios del bien explotado).
  • Humo: Exposición al humo siempre que se produzca de forma súbita accidental.

Cubre los siguientes aspectos:

  • Gastos de salvamento y desescombro o demolición.
  • Gastos de extinción y los necesarios para evitar la propagación del fuego.
  • Daños a consecuencia de las medidas adoptadas para extinguir el incendio.
Garantía limitada al capital de 450 euros al año. El primer siniestro es ilimitado.

Los daños de responsabilidad civil

Cubren los daños ocasionados a terceros, así como los costes judiciales. Nuez Seguros distingue entre tres tipos de responsabilidades, responsabilidad civil familiar, responsabilidad civil inmobiliaria y de vivienda. En función de la figura que adopte el Asegurado en la póliza y el uso que éste haga de la vivienda se dará cobertura a una u otra RC. Como muestra la siguiente tabla:
 responsabilidad civil
Como vemos en este Seguro Multirriesgo de Hogar de Nuez seguros, tiene muchas de sus coberturas limitadas a 450€ al año, con la ventaja de que el primer siniestro es ilimitado.
Recordar que las coberturas mencionadas con anterioridad, variarán de un seguro a otro, y de la cantidad pactada en la póliza del continente y del contenido. Las ofertas de los seguros de hogar de las aseguradoras pueden ser muy similares, pero insistimos enprestar especial atención a las condiciones convenidas, pues en función de estas cuantías podrán indemnizarnos o no por determinados elementos de nuestra vivienda. Cada casa, cada circunstancia requiere un tipo de seguro de hogar. Para acertar con la elección es necesario saber exactamente qué cobertura estamos contratando.
Publicado el 22 de diciembre de 2014 en:

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